Cuestionan cambios al régimen fiscal de Pemex (El Financiero 10/09/10)

Cuestionan cambios al régimen fiscal de Pemex (El Financiero 10/09/10)

Esther Arzate

Viernes, 10 de septiembre de 2010

No aumentará la rentabilidad de yacimientos maduros: Carranza.

Garantizará recursos de finanzas públicas.

Sólo beneficiará a 32 pozos seleccionados.

 

El objetivo del régimen fiscal especial que propuso la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para los campos maduros no es hacer más rentables esos yacimientos sino generar incentivos para que Petróleos Mexicanos (Pemex) incremente la producción y garantice los ingresos para las finanzas públicas, opinó el especialista de Solana Consultores, Arturo Carranza.

 

Señaló que de aplicarse el régimen tributario que plantea el Ejecutivo federal, sólo a la producción excedente de petróleo que la paraestatal obtenga de 32 pozos seleccionados, la SHCP demuestra que no le interesa aumentar la rentabilidad de esos proyectos sino mantener la dependencia de los ingresos petroleros.

 

En la justificación de la modificación a la Ley Federal de Derechos del Ejecutivo, donde sugiere que el régimen fiscal que aplica para Chicontepec y aguas profundas desde octubre del año pasado se amplíe a los campos maduros, se señala que cumpliría el doble propósito de no poner en riesgo los ingresos del sector público en el corto plazo y que Pemex pueda deducir mayores costos y reducir su carga fiscal "únicamente si logra incrementar la producción en los campos marginales".

 

Eso significa que el beneficio fiscal sólo se aplicará a la producción incremental que registre Pemex en los pozos que serán inscritos en un inventario que deberá autorizar la SHCP. La suma de la producción base anual de petróleo crudo equivalente (petróleo y gas) que se obtenga de esos yacimientos deberá ser inferior al 5 por ciento de la producción total anual.

 

Ello, considera Hacienda, permitirá contar con un mecanismo para asegurar que la introducción de campos marginales al régimen fiscal de Chicontepec y aguas profundas (reducción de la tasa aplicable sobre el valor de la producción menos deducciones autorizadas a 30 por ciento) se realice de manera gradual. Esta situación, a su vez, dará incentivos a la paraestatal para que establezca prioridades entre los distintos proyectos que sean susceptibles de beneficiarse del régimen fiscal.

 

Deducibilidad

 

El cambio en el régimen también considera incrementar el límite de deducibilidad, el cual será el valor mínimo entre 32.5 dólares por barril de petróleo crudo equivalente y 60 por ciento del valor del precio de crudo, así como la extensión del periodo de recuperación de los costos que rebasen el límite de deducción a 15 años.

 

El consultor insistió en que la medida sólo aplica para los volúmenes adicionales a la base de producción prevista por la paraestatal, lo que evidencia que el gobierno federal lo que quiere es garantizar los ingresos públicos petroleros.

 

El régimen especial a la producción incremental en los campos maduros sólo es un incentivo para que Pemex invierta más para sostener la producción, no para aumentar su rentabilidad ni la de los pozos.

 

Los campos incluidos en el inventario aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público están en el área de Magallanes Cinco Presidentes: Blasillo, Cinco Presidentes, La Venta, Magallanes, Ogarrio, Otates, Rodador, San Alfonso y San Ramón.

 

En el área Arenque están: Arenque, Atún, Bagre, Carpa, Escualo, Isla de Lobos, Jurel, Lobina, Marsopa, Mejillón, Morsa, Náyade y Tiburón, en el área de Altamira los pozos son: Altamira, Barcodón, Cacalilao, Cocovado, Ébano, Limón, Pánuco, Salinas, Tamaulipas Constituciones y Topila.