Dan certidumbre jurídica a las pensiones del IMSS (El Financiero 13/10/10)

Dan certidumbre jurídica a las pensiones del IMSS (El Financiero 13/10/10)

Víctor Chávez

Miércoles, 13 de octubre de 2010

Aprueban reforma al art. 25 transitorio.

Equilibrar lo que se cotiza y lo que se recibe, objetivo.

Envían dictamen al Senado para su ratificación.

 

Con la aprobación de una reforma a un artículo transitorio de la Ley del IMSS, el pleno de la Cámara de Diputados puso fin ayer a la incertidumbre y la polémica sobre la posible reducción del monto de las pensiones de los trabajadores pensionados, que desató la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Por unanimidad de 354 votos se aprobó el dictamen de la Comisión de Seguridad Social, que adiciona un párrafo tercero al artículo 25 transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, para dar certidumbre jurídica al monto de las pensiones de los trabajadores.

 

Luego de la votación, el presidente de la comisión, el diputado perredista Uriel López Paredes, señaló que el propósito de la iniciativa es "equilibrar lo que se cotiza y lo que se recibe como pensión, equilibrio roto por una laguna en la redacción del artículo 25 transitorio de la Ley del Seguro Social de 1995 y una interpretación literal del artículo 33 de la ley de 1973, por parte de la Corte".

 

Precisó que la Ley del Seguro Social vigente, con un sistema pensionario basado en cuentas individuales, en su artículo 25 transitorio señala que al inicio de su vigencia, el máximo de aportación obrero-patronal sería equivalente a 15 veces el salario mínimo, límite que se incrementaría en un salario mínimo cada año subsecuente, hasta llegar en 2007 a 25 salarios.

 

Desde 1997, abundó, en algunos casos el IMSS calculó la cuantía de la pensión con el promedio de las últimas 250 semanas de haber cotizado, aun cuando éste fuera superior al límite de diez salarios mínimos, mencionados en el artículo 33 de la ley abrogada; en otros casos el IMSS negó tal derecho para algunos trabajadores.

 

Equilibrio

 

López Paredes puntualizó que los afectados recurrieron a la justicia laboral, logrando que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje les diera la razón, mientras que la justicia federal les negó tal derecho; esta contradicción, basada en la antigüedad y lagunas de la ley, es lo que subyace en la determinación de la SCJN.

 

Externó que las reformas establecen el equilibrio en las disposiciones de ley, al cambiar el sistema pensionario que dejó incongruencias y lagunas, que han vulnerado los derechos de algunos trabajadores. Por ello se pretende que los ciudadanos tengan acceso a una pensión que les permita una vida digna.

 

Al respecto, el diputado panista Raúl Cuadra García señaló que la reforma al artículo 25 transitorio dará certeza jurídica a los trabajadores, para que obtengan las pensiones a que tienen derecho.

 

El diputado perredista Francisco Hernández Juárez comentó que las modificaciones dejan a salvo cualquier otra interpretación, y orillan a que se apliquen con estricto apego legal.

 

Tal dictamen se envió al Senado de la República para su ratificación y posteriores efectos constitucionales inmediatos.