Acotan apoyo para generar nuevos empleos (Reforma 11/01/11)

Acotan apoyo para generar nuevos empleos (Reforma 11/01/11)

 

El programa busca incentivar el empleo, pero tiene condiciones que lo hacen poco atractivo, según especialistas.

Foto: Archivo

   

Los legisladores aprobaron un nuevo capítulo en la Ley del Impuesto sobre la Renta, llamado "Fomento al empleo"

 

Laura Carrillo

  

Ciudad de México  (11 enero 2011).- A partir de este año, entró en vigor un nuevo programa de incentivos fiscales para los empresarios que generen nuevos empleos, sin embargo el beneficio es limitado porque no es acreditable contra el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) y solamente considera el Impuesto sobre la Renta (ISR).

 

Los legisladores aprobaron un nuevo capítulo en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), llamado "Fomento al empleo".

 

Consiste en un incentivo que podrá aplicarse por empleadores que contraten trabajadores sin registro previo de aseguramiento en el régimen obligatorio del IMSS, para ocupar puestos de nueva creación con relación a la plantilla laboral al 31 de diciembre de 2010.

 

El estímulo se establece como una deducción adicional en la base del ISR, tanto para pagos provisionales como del ejercicio. La deducción será equivalente a 40 por ciento (25 por ciento a partir de 2012) del resultado obtenido de disminuir al salario base de cotización, el monto que resulte de multiplicar dicho salario por la tasa de ISR establecida en el artículo 10 de la LISR vigente, y sólo será aplicable tratándose de trabajadores que perciban hasta 8 veces el salario mínimo general.

 

"El programa si bien es loable porque busca incentivar el empleo, tiene tres condiciones que en conjunto lo hacen poco atractivo", opinó Oscar Márquez de Calvo Nicolau y Márquez Cristerna.

 

En primer lugar, solamente se puede acreditar una parte del sueldo del nuevo trabajador contra el ISR y no contra el IETU.

 

Aunque en general las empresas pagan ISR, muchos otros sectores como desarrolladoras inmobiliarias o prestadores de servicios pagan IETU, por lo tanto estas empresas no tienen ningún incentivo para generar empleo, explicó Márquez.

 

En segundo lugar, enfatizó, sólo es aplicable para empleos de personas que nunca hayan cotizado en el IMSS.

 

"Viniendo de una situación recesiva como la que vivió la economía mexicana donde muchas empresas despidieron personal y ahora está llenando esas vacantes, es de esperarse que la gente que busca empleo ya haya cotizado en el IMSS", dijo.

 

Y en el último lugar, sólo es aplicable para personas con un sueldo hasta de 8 salarios mínimos, poco más de 14 mil pesos.

 

"Si una empresa contrata a una persona que ya cotizó en el IMSS con 15 mil pesos de sueldo, no podrá obtener ningún beneficio fiscal por generar ese empleo", concluyó.