Pelean equidad para no asalariados (Reforma 07/09/11)

Pelean equidad para no asalariados (Reforma 07/09/11)

La SCJN tiene en la mesa 5 amparos de contribuyentes que reclaman el "mínimo vital" y cuyos ingresos son por honorarios

 

Gonzalo Soto

  

Ciudad de México  (7 septiembre 2011).-   La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) apoya el establecimiento de un monto "mínimo vital" para las personas, a partir del cual la autoridad no podrá cobrar impuestos.

 

Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definirá el reconocimiento de un patrimonio mínimo protegido para las personas de menores ingresos, quienes dejarán de estar obligados al pago de impuestos, es decir, un "mínimo vital".

 

La importancia de la resolución es que, de ser positivo el fallo, las personas que no son asalariadas tendrían el reconocimiento de un ingreso "mínimo vital" que no estaría gravado, señaló Diana Bernal, titular de la Prodecon.

 

"Esto es importante porque las personas físicas pueden deducir, si son asalariadas, un salario mínimo gracias al subsidio para el empleo.

 

"Pero si son trabajadores independientes, una persona que trabaje por honorarios, por arrendamiento, no les reconoce la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) el 'mínimo vital'", dijo.

 

Actualmente, una persona que gana 4.5 salarios mínimos prácticamente no paga impuestos, agregó, mientras que una que trabaja por honorarios o tiene un negocio sí es sujeto de impuestos independientemente de su ingreso.

 

"Un trabajador que gana 7 mil pesos y es trabajador asalariado no paga ISR, pero si tiene una microempresa y gana 7 mil pesos al mes, sí paga ISR", explicó.

 

En este momento, la SCJN tiene en la mesa 5 amparos de contribuyentes que reclaman el "mínimo vital" y cuyos ingresos son por honorarios, detalló Bernal, la resolución afirmativa de los jueces ayudaría a sentar una jurisprudencia para casos futuros.

 

No obstante, la importancia y los beneficios de la decisión, la procuradora se mostró pesimista respecto de la decisión del máximo tribunal del País.

 

"No van a reconocer un 'mínimo vital' para las personas no asalariadas; significa que si estás por honorarios vas a seguir pagando más impuestos que la persona que hiciera el mismo trabajo, pero con un contrato de por medio", estimó.

 

La decisión del jueves en la Corte es de suma trascendencia, indicó, pues actualmente existe una gran cantidad de empresas, que en su afán por abatir costos, contratan por honorarios y se mantienen en la inequidad fiscal en México.

 

Esta discusión también resulta de gran importancia para Martín Fierro, socio fiscal de RSM Bogarín, pues de inicio se reconoce que el "mínimo vital" no depende del salario mínimo, que no es suficiente para subsistir tranquilamente, sino de un monto al cual ya no se le podrá cobrar impuestos.