Falta de reglamento en Sectur detiene a la industria (El Financiero 01/06/12)

Falta de reglamento en Sectur detiene a la industria (El Financiero 01/06/12)

(Claudia Alcántara / enviada)

Viernes, 1 de junio de 2012

RIVIERA MAYA, QR.- A tres años de promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley General de Turismo (LGT) -que le daría dientes a la Secretaría de Turismo (Sectur)- ha estado en el congelador, debido a que no hay recursos económicos para implementarla y porque la publicación de su reglamento está parada por un tema legal.

 

El director del despacho jurídico Estrategias Sustentables, Benjamín Díaz, indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ha resuelto la controversia constitucional interpuesta por la Secretaría de Turismo del Distrito Federal, por lo que no se ha podido publicar el reglamento de la Ley.

 

De igual manera, el presidente de la Confederación Nacional Turística (CNT), Jorge Hernández, indicó que aunque el reglamento de la ley está listo desde el 4 de enero de 2011 no ha sido publicado por razones presupuestales. Dijo que la Sectur ha informado a la Cámara de Diputados que su publicación depende de la reestructura administrativa de la dependencia, como lo marca el cuarto artículo transitorio de la Ley.

 

Añadió que la propuesta de reestructura ha sido rechazada por la Secretaría de Hacienda (SHCP) dos veces, por falta de recursos presupuestales.

 

En el panel "Leyes para el Turismo ¿Qué sobra? ¿Qué falta?" del X Foro Nacional de Turismo, Hernández resaltó que no importa que se hayan invertido millones de pesos en campañas de promoción para revertir la mala imagen del país, si la autoridad no es capaz de regular el sector turístico. Expresó que la falta de legalidad obstaculiza el desarrollo de la actividad.

 

Imposible captar 100% del DNI

 

Por su parte, Rosario Graham, presidenta del despacho legal Consultores Jurídicos, expresó que la idea del sector empresarial de destinar el 100 por ciento de los recursos del Derecho al No Inmigrante (DNI) al Consejo de Promoción Turística de México (CPTM) o al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) es improcedente, debido a que se trata del cobro de un derecho, no de un impuesto.

 

Explicó que el cobro de derechos se realiza cuando se ofrece un servicio al turista, que en este caso es la función que realiza el Instituto Nacional de Migración (INM); así, al menos el uno por ciento del recurso tendría que darse al instituto.