Emiten NOM para gas natural y LP (Reforma 13/05/13)

Emiten NOM para gas natural y LP (Reforma 13/05/13)

Por Notimex

Cd. de México México (13 mayo 2013).-   La Secretaría de Energía (Sener) dio a conocer el acuerdo por el que se publica la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SECRE-2011 relativa a la distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.

 

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) la dependencia señaló que dicha disposición contiene los requisitos mínimos que deben cumplir los sistemas de distribución de gas natural y de gas L.P. -licuado a presión- por ductos; en específico, en su diseño, construcción, pruebas, inspección, operación, mantenimiento y seguridad.

 

Explicó que esta norma es necesaria para garantizar la confiabilidad, estabilidad y continuidad en la prestación del servicio de distribución de gas natural, toda vez que su transporte y entrega por ductos se debe realizar con ciertos requisitos de seguridad.

 

Debido a la apertura de la industria de gas natural a la iniciativa privada, en cuanto al transporte, almacenamiento y distribución de dicho energético, es necesaria una disposición que establezca y actualice de manera permanente las medidas de seguridad para el diseño, construcción, operación, mantenimiento y protección de los sistemas de operación, abundó la dependencia.

 

En ese sentido, detalló, los sistemas de distribución de gas licuado de petróleo a través de ductos, son un conjunto de ductos, compresores, reguladores, medidores y otros equipos para recibir y entregar el gas LP en estado gaseoso, cuya zona de distribución abarca desde el sistema en el que se almacena dicho energético hasta el medidor de los usuarios.

 

Expuso que dicha disposición, cuyo cumplimiento será vigilado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), será para los sistemas de distribución de gas licuado de petróleo por medio de ductos y se aplicará desde el punto de transferencia del transportista de dicho energético hasta la salida del usuario final.

 

Agregó que esta Norma Oficial Mexicana, que entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación, cancela y sustituye a la NOM-003-SECRE-2005, denominada, distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.

  

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