Dan a informales un IVA de 0 a 8% (Reforma 11/09/14)

Dan a informales un IVA de 0 a 8% (Reforma 11/09/14)

 

 

Por Laura Carrillo y Gonzalo Soto

 

Cd. de México México (11 septiembre 2014).-   Los informales con ingresos superiores a 100 mil pesos anuales que entren al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) pagarán una tasa de IVA entre 0 y 8 por ciento.

 

Esto, dependiendo de su giro, decretó la Secretaría de Hacienda.

 

También podrían pagar tasa de Impuesto sobre Producción y Servicios (IEPS) de entre uno y 120 por ciento, según la publicación en el Diario Oficial.

 

Las tasas se aplicarán sobre el nivel de ventas y sólo serán válidas en el caso de que no se requiera factura. Si un comprador solicita factura, estos negocios deberán aplicar la tasa general, que en el IVA es 16 por ciento.

 

En este caso, el contribuyente pagará cero por ciento cuando se dedique sólo a la venta de alimentos; 2 por ciento, si es comerciante, y 6 por ciento, si está en manufacturas y construcción.

 

Fondas, bares y todos los prestadores de servicios, pagarán IVA de 8 por ciento.

 

En cuanto al IEPS, el decreto distingue si se trata de un negocio que comercialice o que fabrique.

 

Si vende dulces, chocolates, botanas, galletas, pastelillos, helados y otros alimentos altamente calóricos pagará 1 por ciento sobre sus ventas. Si además es fabricante, 3 por ciento.

 

En venta de bebidas alcohólicas la tasa será 10 por ciento y 21 por ciento para el fabricante.

Las tasas más altas se aplicarán en tabacos.

 

Los contribuyentes que venden tabacos hechos enteramente a mano para su venta, tendrán una tasa de 23 por ciento y el resto, 120 por ciento.

 

De todo esto estarán exentos, durante 10 años, los negocios con ingresos menores a 100 mil pesos anuales.

 

Los de ingresos entre 100 mil pesos y 2 millones de pesos tendrán un descuento de 100 por ciento en su primer año; dicho descuento será de 90 por ciento en el segundo año y llegará a 10 por ciento en el décimo.

 

Después de una década en el RIF, todos pasarán al régimen general, es decir, pagarán impuestos como todos.

 

El decreto entra en vigor el 1 de enero de 2015 y se suma al descuento en pago de Impuesto Sobre la Renta y cuotas de seguridad social que ya tienen los que entraron al RIF este año.

 

Armando Nuricumbo, presidente del sector empresas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dijo que habrá que esperar la reacción de los informales, quienes tienen años operando en un esquema en el que no pagaban nada.

 

Para Carlos González, investigador del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, no existe garantía que en 10 años el negocio del contribuyente haya crecido lo suficiente como para afrontar costos del régimen general.

 

 

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