La seguridad social en México (El Financiero 25/03/14)

La seguridad social en México (El Financiero 25/03/14)

David de la Sota Pineda*

Martes, 25 de marzo de 2014

 

En la actualidad, México es un país que establece el derecho a la salud como un derecho constitucional, siendo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), las principales instituciones de seguridad social en México en aplicarlo.

 

A través de dichos institutos los trabajadores adquieren, por medio de sus cotizaciones, seguro de riesgos de trabajo, invalidez y vida, desempleo, retiro de cesantía en edad avanzada y vejez, entre otros.

 

 El Sistema de Capitalización Individual o de contribución definida, es el que actualmente rige en ambos institutos, sustituyendo al Sistema de Beneficio Definido que para el IMSS se sustentaba en su Ley de 1973 y para el ISSSTE en el artículo décimo transitorio de su ley. Ambos institutos calculaban sus pensiones en base a tres factores fundamentales: edad, salario base de cotización y semanas cotizadas o años de servicio, dependiendo de cada instituto.

 

Como resultado se obtiene una pensión vitalicia hasta de 25 salarios mínimos vigentes en el DF para el IMSS y 10 salarios mínimos para el ISSSTE como máximo.

 

Sin embargo, al dispararse la esperanza de vida del mexicano, el sistema de beneficio definido se convierte en un pasivo para ambos institutos.

 

Es hasta el primero de marzo de 1992 con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que se fomenta el ahorro para el retiro y no es hasta el año de 1997 donde el sistema de seguridad social sufre su más fuerte restructuración con la llegada de las Administradoras de fondos para el Retiro (Afores)a quienes se les confiere la capitalización y administración de los recursos del sistema de pensiones en México siendo estas reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

 

Las Afores se encargan de administrar las cuentas individuales de cada trabajador desde 1997 para el IMSS y desde el 2008 hasta la fecha en el ISSSTE.

 

Las aportaciones se realizan en base al Salario Base Cotización siendo estas del 6.5% (Patrón 5.15%, Trabajador 1.125% y el Gobierno Federal 0.225%). El incrementar el monto del ahorro a través de las aportaciones voluntarias en la Afore o con la obtención de Plan Personal de Retiro (PPR) con beneficios fiscales por medio de una operadora de fondos de inversión, puede ser excelente opción para planificar un mejor futuro.

 

Independientemente si se cotiza o no a cualquier institución de seguridad social, si se es una persona física con actividad empresarial o si se encuentra por régimen de asimilados al salario.

 

*Director General de Retirum.