Queda en el aire título único (Reforma 07/05/14)

Queda en el aire título único (Reforma 07/05/14)

 

 

 

 Por Vania Guerrero

 

 

Cd. de México México (07 mayo 2014).-   El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) indicó que no cuenta con los elementos necesarios para definir los requisitos a cubrir para obtener una concesión única, que permita dar servicios tanto en telecomunicaciones como en radiodifusión.

 

De acuerdo con un comunicado emitido por el regulador, para definirlos a detalle será necesario contar con la legislación secundaria en telecomunicaciones y radiodifusión, la cual está pendiente de aprobación en el Senado.

 

"A la fecha (el IFT) no cuenta con los elementos necesarios para definir los requisitos que los concesionarios de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía deberán cumplir para transitar al modelo de concesión única, debido a que el alcance de dichas concesiones se encuentra reservado a lo que disponga la ley reglamentaria que, en su oportunidad, expida el Congreso de la Unión", explicó el IFT.

 

Por ello, el regulador consideró que sólo está en posibilidad de determinar los requisitos, términos y condiciones que deberán cumplir los actuales concesionarios que pretendan solicitar servicios adicionales a los autorizados en los títulos de concesión.

 

De acuerdo con el artículo cuarto transitorio de la reforma constitucional en telecomunicaciones, el IFT contaba con 60 días naturales siguientes a la declaración de preponderancia, ocurrida el 7 de marzo, para publicar los requisitos, términos y condiciones para transitar a la concesión única.

 

En las leyes vigentes de comunicaciones y radiodifusión no existe la figura de concesión única, por ello, con la reforma promulgada el año pasado, se buscó abrir la posibilidad de convergencia entre ambos sectores.

 

La iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, enviada en marzo al Senado por el Ejecutivo, destaca que la concesión única se otorgará por un plazo de hasta 30 años y podrá ser prorrogada por plazo.

 

Como lo adelantó REFORMA, en los próximos días, las disposiciones generales para que los concesionarios puedan solicitar permiso para dar servicios adicionales, serán publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

"Los Lineamientos (emitidos) destacan que la autorización que en su caso emita el Instituto respecto de solicitudes de servicios adicionales, serán sin perjuicio de la obligación de continuar la prestación de los servicios contemplados en la concesión de que se trate", expuso el IFT.

 

 

 Copyright © Grupo Reforma Servicio Informativo